El país exige desde hace años una
reforma sustancial y estructural al sistema jurisdiccional, toda vez que la
Constitución Política de 1991 no pasó la prueba frente al funcionamiento de
este. Y ello es un motivo de peso suficiente para preocuparse y rasgarse las
vestiduras. Sin justicia estaríamos condenados, por siempre, al fracaso y a la
violencia comunitaria.
Cuando en un país no hay una
recta administración e impartición de justicia sólida, pronta, eficaz y
oportuna no encontraremos nunca paz, tranquilidad, ni convivencia pacífica en
la sociedad. La justicia está por encima de todo, prevalece incluso, ante
cualquier anhelo de paz; es por esta razón que resulta imposible imaginar
armonía en el conglomerado social cuando nos encontramos inmersos en situaciones
de vulnerabilidad.
Las consecuencias de un mal
funcionamiento en el aparato judicial conlleva a grandes conflictos entre los
administrados, pues bien sabemos que el proceso judicial es la manifestación
más pacífica y civilizada dentro de la sociedad. Allí comprendemos a dos o más
personas que han optado por resolver sus conflictos ante un tercero
heterocompuesto a través de la fuerza institucionalidad- es decir, el Estado-
para ponerle fin a una controversia o diferencia, haciendo uso de las vías de
derecho y de las herramientas legales necesarias.
Para contar con un sistema
jurisdiccional-procesal sano debemos modificar innumerables aspectos, pero,
principalmente, es menester comenzar por aquellos sujetos inescrupulosos-
jueces o magistrados- que han hecho de la justicia un espectáculo soez en el
que la corrupción y la comercialización de fallos han sido móviles para
satisfacer agendas políticas y enriquecer sus alforjas. Un político podría si
así lo quiere, enloquecerse. Pero un juez jamás podría caer en la tentación,
puesto que son estos los protectores de la democracia. De esta manera,
encontramos que escándalos como el cartel de la toga y la congestión
jurisdiccional, entre otros, son situaciones lamentables que nos motivan a
mencionar las siguientes propuestas para contribuir con la mejoría de nuestro
aparato judicial.
1. El precedente judicial tiene que ser
obligatorio: así evitamos ese denominado activismo de los jueces que, le
permite al operador excederse en sus funciones. Terminamos, muchas veces,
soportando la voluntad arbitraria de un juez por consecuencia de sus razones y
posturas ideológicas, anteponiendo sus creencias sobre sus verdaderas
funciones.
2. Es menester ampliar a través de la ley 640
del 2001 el requisito de procedibilidad de la conciliación extra-proceso a
muchas más situaciones. Así lograríamos dirimir mayores causas sin tener la
necesidad de incurrir en un proceso jurisdiccional, tortuoso, largo y
congestionado para el aparato jurisdiccional.
3. Suprimir totalmente las potestades
electorales de los magistrados. Con esto derrotamos el denominado Lobby con el
que algunos funcionarios obtienen prebendas, beneficios y canonjías en las que
prima el denominado ‘Yo te elijo, tú me eliges’. Además, dejarían de estar condicionados esos
funcionarios que no pueden obrar conforme a derecho debido a su favoritismo con
el que los ha elegido. En este punto es en el que consideramos que ha fallado
la Constitución de 1991.
4. Crear un organismo tipo jurisdicción que
conozca en su totalidad únicamente las acciones de tutela. Así contrarrestamos
la potestad de la Corte Constitucional para elegir a dedo las acciones que
discrecionalmente considera pertinentes para estudiar. Con este nuevo organismo
mejoraríamos el proceso de selección de tutelas puesto que el mismo
incrementaría y no serían unas pocas sino muchas las que se estudiarían.
Además, evitamos la comercialización de fallos vía tutela, como
infortunadamente ocurrió hace unos años en la Corte Constitucional.
5. Fortalecer el sistema de concurso de
méritos toda vez que el mismo es vital para considerar que los jueces y
magistrados han llegado a ejercer sus cargos por sus cualidades profesionales,
técnicas y científicas. Y no por favoritismos políticos en el que juega un
papel importante el denominado Lobby. Con esto también fortalecemos la
imparcialidad y la independencia como principios baluartes de la actividad
jurisdiccional.
6. Es menester prohibir de tajo, expresamente
en la norma y jurisprudencia, que tanto operadores jurisdiccionales, como
apoderados presenten intervenciones en medios de comunicación sobre los
procesos que llevarán o están llevando. Esto es importante para que prevalezca
la reserva sumarial necesaria para darle trámite del proceso oportuno y con
garantías al administrado. No es factible permitir filtrar información de los
procesos a los medios, como bien lo hizo algún magistrado de la Corte Suprema
de Justicia en el caso del llamado a indagatoria a Uribe. Ello genera
inseguridad jurídica, falta de credibilidad y desconfianza legitima en las
funciones instituidas de cualquier tribunal.
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