Ir al contenido principal

'RAFAEL URIBE NOGUERA': LA PERVERSIÓN DEL CRIMEN


Existen personas que son la negación de la humanidad, efectivamente ello es el hombre de 38 años, llamado Rafael Uribe Noguera: La perversión del crimen y de la maldad, disfrazada de ‘honorabilidad’, no es posible que pueda existir un prospecto con mayor sevicia y frialdad para realizar un crimen que aquel. ¿Qué puede estar pensando una persona supuestamente ‘privilegiada’ cuando decide someter al más intenso sufrimiento a una criatura de 7 años? 

La respuesta a esta pregunta exige un análisis riguroso en materia psiquiátrica, psicológica, sociológica, y jurídica, lo cual no es posible retratar en este artículo, sin embargo para ilustrar la situación, podemos afirmar lo siguiente: este sujeto obró con dolo y sevicia, porque conocía la conducta que estaba realizando, se pudo evidenciar que la ejecutaba encontrándose dentro de las condiciones óptimas, sin consumir sustancia alucinógena alguna al momento de la perfección del crimen, con plena conciencia y sádica complacencia, infringiendo un intenso dolor a la víctima.

Desde la perspectiva jurídica ha cometido un concurso de delitos abominables, tales como: secuestro simple, acceso carnal violento contra menor, tortura, y feminicidio agravado. Según la legislación colombiana, los tipos penales realizados conjuntamente en su totalidad, merecen la pena máxima, equivalente a 60 años de prisión, que sin serlo, podrían significar una cadena perpetua.  

Desde la perspectiva psicológica y sociológica, me atrevo a pensar que nos encontramos con un sujeto que fue sometido a abusos sexuales o situaciones semejantes cuando era niño, con el privilegio o la desgracia de que nunca lo asesinaron, tal vez por ello manifestó dicha conducta en contra de la pequeña Yuliana. 

Desde el ámbito psiquiátrico, bajo mi criterio, es total y absolutamente claro que se trata de un engendro social, debido a su mente podrida y retorcida, pero NO de un inimputable, porque también se evidenció que la conducta realizada la planeó y  ejecutó con premeditación, lo que demuestra una escalofriante maldad, y una perversión calculadora para realizar el ilícito. Un inimputable no tiene la frialdad, ni la perversión para gestionar la ejecución de un delito, toda vez que éste actúa momentáneamente sin prever los resultados y las consecuencias que surgen con la adecuación típica.

Observamos a un asesino en serie, frío, calculador, y sobretodo sádico en la realización de la conducta punible; cumplió con todas las etapas del Iter criminis, tales como ideación, preparación, ejecución y consumación del delito, de esta manera sabía lo que realizaba. Pero ello no lo es todo, al parecer sus hermanos, entre ellos un abogado, intentaron alterar la escena del crimen, tratando de encubrir el ilícito con el infortunio de que nada de lo realizado sirvió para engañar a la justicia.

Me conmueve pensar que ante dicha situación, los hermanos hubiesen intentado alterar el crimen, más aun tratándose de un profesional del Derecho, el cual parecer ser pésimo profesional, porque al parecer fue el que hizo la absurda recomendación a su hermano de internarse en una clínica por una supuesta sobredosis de cocaína, lo cual se comprobó que era totalmente falso, pero en caso de que hubiese sido cierto lo anteriormente mencionado, me tomaría el trabajo de preguntarle a ese cuestionado colega que: ¿Desde cuándo ingerir bebidas alcohólicas y consumir cocaína para internarse en una clínica otorga calidad de inimputable? Me causa asombro que un “abogado” incurra en semejante imprecisión, no sé si pensar que el problema se debe a que abundan leguleyos en este país, o si es que el afán de ayudar a su hermano lo llevo a obrar de una manera tan estúpida.

Como quiera que sea, buen o mal abogado,  si se logra comprobar que el hermano de Rafael trató de alterar la escena del crimen, quedaría demostrado que es un delincuente y por ende una porquería de persona, porque no comprendo cómo alguien medianamente honesto puede tener la osadía de encubrir semejante barbarie, personalmente no sería capaz de hacerlo, así se tratare de mi propio hermano.

Ahora bien, ¿Qué intenciones tenían los hermanos al internar a Rafael en una clínica? ¿Pretendieron engañar a la justicia afirmando que el sujeto estaba borracho y drogado al momento de ejecutar el crimen, y que por tal razón, no se encontraba consciente de su conducta? ¿Tuvieron la  intención de burlar el sistema judicial, para que Rafael obtuviera un menor castigo? Los hermanos de Rafael Uribe deben responder ante los estrados judiciales, y de ser hallados culpables, no esperaría otra cosa diferente a que fueran castigados con la mayor severidad posible.   

Anhelo por la tranquilidad de todos los colombianos que Rafael pase el resto de su vida en la Picota y no salga de allí nunca más, es evidente que representa potencialmente un peligro para nuestra sociedad, y no quisiera que una allegada a mí, o que cualquier mujer tuviera la desgracia de encontrárselo en el camino, es por ello que deseo con fervor que sea condenado a 60 años de prisión, porque merece sentir todo el rigor punitivo del Derecho Penal.

A diferencia de muchos, no le deseo la muerte porque sería un premio, por el contrario le deseo larga vida para que sufra cada día de su estadía en prisión, ello es lo que le corresponde. De antemano advierto que la intención no es ensañarme en contra de alguien, lo único que pretendo es expresar el repudio excesivo que me causa el crimen de una criatura inocente.

Como cualquier ciudadano común, solicito y espero que el juez del caso imponga la mayor severidad en la condena, no quisiera que el sistema judicial me sorprenda imponiéndole a ese asesino un castigo irrisorio, de ser así me encontraría en un total estado de estupefacción, y me avergonzaría toda la vida por haber estudiado Derecho. Estaré atento a la condena, porque tengo plena certeza de que el castigo será implacable.    

¡A la pequeña Yuliana paz y amor en su tumba, este crimen no lo podremos olvidar! 


Comentarios

Entradas populares de este blog

EL GOBIERNO DE LAS BUENAS INTENCIONES

Recientemente se aprobó el presupuesto para el año 2019 por una suma total de $258,9 billones de los cuales más de $51 billones estarán destinados para responder con la deuda de 4,8 % del PIB. El balance se traduce en un aspecto aparentemente positivo porque dichos recursos del 10,9 % son sustancialmente superiores a los del presente año. Encontramos que para la educación se aprobaron $41,4 billones, seguido por Defensa con $33 billones, y para Salud con $32 billones. Como bien lo reflejan las cifras, la prioridad actual del Gobierno Nacional es contribuir con más dinero para la educación de todos los colombianos, pues aquella como derecho colectivo debe ser prioridad en un Estado Social. No obstante, consideramos que ello no es suficiente para darle un tratamiento óptimo a la crisis coyuntural que padece nuestro sistema educativo, dado que   se quedan cortos para proporcionarle una solución adecuada al caos. Verbigracia, en materia de educación pública superior un déficit q...

REFORMA FISCAL VERSUS REFORMA TRIBUTARIA

De suma relevancia para la reactivación económica resulta la reforma fiscal anunciada por el Gobierno Nacional, puesto que aquella es la medida más efectiva según la coyuntura de Colombia. Pero para efectos prácticos es indispensable efectuar la distinción entre reforma fiscal y reforma tributaria, dado que, aunque parecieren lo mismo, son sustancialmente diferentes. La reforma fiscal es la mutación que realiza un país, o un territorio, en materia de legislación impositiva, es decir, impuestos. Mediante esta reforma se procede a la modificación de las distintas normas que establece el sistema tributario, con el único fin de establecer una nueva estructura del sistema fiscal. Específicamente, es el proceso a través del cual se realiza el cambio de las normas fiscales que posee un territorio. El fin perseguido por las reformas fiscales es el de establecer un nuevo sistema tributario, en función de un objetivo concreto por el que se ha solicitado dicha reforma. En nuestro caso, el Gobie...

HABLEMOS DE POLÍTICA SOCIAL

La política social tiene dos acepciones: la primera, desde el ámbito académico, que nos sugiere que esta es una disciplina de la ciencia política. La segunda, desde la perspectiva práctica, la cual sugiere que se trata de una intervención política. Conjugando ambos conceptos, es factible colegir que la política social está dedicada a estudiar- desde una perspectiva teórica- e intervenir públicamente, a nivel estatal- desde una perspectiva práctica- en los efectos materiales e inmateriales del desarrollo inequitativo de las sociedades actuales, las cuales son industrializadas y urbanizadas. Luego, para ahondar en el objetivo concreto de esta columna, debemos precisar que, la política social como ciencia normativa y como actividad política- siendo aquella su doble dimensión- presenta una misión fundamental, consistente en atender los tres principales fines de la acción social contemporánea. Estos tres fines son: la justicia material, el bienestar social- formal y el orden social- nor...