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EL FALLO DEL CASO COLMENARES


La Jueza Penal 11 de Conocimiento de Bogotá, Paula Astrid Jiménez Monroy, durante 5 años llevó el caso Colmenares, uno de los más mediáticos de la historia legal del país. El  joven fue asesinado a golpes brutales, y recientemente el despacho dirigido por la togada decidió absolver a Laura Moreno, y Jessy Quintero, teniendo la posible certeza de que las mismas conocían al responsable del homicidio.

Puede ser apresurado buscar culpables ahora, más aun encontrándose en primera instancia el proceso, lo único cierto es que a Luis Andrés lo asesinaron, y luego de absolver a Carlos Cárdenas, a Laura Moreno, y a Jessy Quintero -personas vinculadas al proceso- al asesino intelectual y material los tienen que identificar más allá de toda duda razonable, si es que no recaen sobre una misma persona, de lo contrario estaríamos inmersos en una manifiesta situación de impunidad. Para determinar al responsable de la muerte de Luis Andrés, era prioritario el apoyo de las absueltas, pero las mismas insisten en sostener que no tienen conocimiento del mismo. El caso no ha finalizado, y como es de esperarse el abogado de la víctima- Jaime Lombana- interpondrá los recursos legales necesarios para que conozca el superior jerárquico, y si es posible la Corte Suprema de Justicia.   

Sobre la situación específica, haciendo uso de la libre expresión, me atrevo a acoger el argumento de Lombana, consistente en la comisión por omisión en la que pudieron incurrir Laura Moreno, y Jessy Quintero, toda vez que las mismas descuidaron la vida de Luis Andrés, ya que teniendo la posibilidad de socorrerlo en el momento dado, seguramente no lo hicieron, pues de ser así, tal vez, no habría muerto. De esta manera, infringieron su deber de solidaridad, y desconocieron esa carga que les exige el ordenamiento jurídico penal de socorrer a una persona para evitar que se lesione el bien jurídico más valioso del ser humano: la vida. Siendo así tendrían que ser declaradas responsables penalmente, otrora en ello consistirá el trabajo del apoderado de la familia Colmenares en el transcurso del proceso.

Por otra parte, el despacho desestimó las pruebas aportadas por la fiscalía que claramente evidenciaban los innumerables golpes que le produjeron la muerte a Luis Andrés, sin embargo, para el mismo, todo fue accidental, y no ocasionado, lo que parece excesivamente irracional.  En otros términos, lo que pretende sostener el despacho en el fallo absolutorio, es que el joven se mató solito de manera accidental, en la medida en que nadie pudo haberle propinado semejante horror. En este sentido, no encontramos una mejor opción que confiar en la segunda instancia del proceso, la cual estará a cargo del Tribunal Superior de Cundinamarca, porque no es factible que sean absueltas quienes posiblemente conocen el responsable de la muerte de la víctima y que, además de ello, omitieron socorrerlo para evitar su muerte. 

Tampoco es tolerable que la ilustre jueza desestime el trabajo del apoderado y de la fiscalía a través de la depreciación de las pruebas aportadas, ya que las mismas son fehacientes al reunir las características de utilidad, pertinencia y conducencia. Esto es apenas el comienzo de una larga batalla legal, y todavía queda mucho camino por delante. Afortunadamente contamos con una doble instancia y con mejores servidores jurisdiccionales que pueden re-dirigir el caso con el fin de revocar el pronunciamiento  a- priori de una funcionaria que optó por desestimar importantes elementos probatorios para proferir una dudosa absolución.   

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