La Jueza Penal 11 de Conocimiento
de Bogotá, Paula Astrid Jiménez Monroy, durante 5 años llevó el caso
Colmenares, uno de los más mediáticos de la historia legal del país. El joven fue asesinado a golpes brutales, y
recientemente el despacho dirigido por la togada decidió absolver a Laura
Moreno, y Jessy Quintero, teniendo la posible certeza de que las mismas conocían
al responsable del homicidio.
Puede ser apresurado buscar
culpables ahora, más aun encontrándose en primera instancia el proceso, lo
único cierto es que a Luis Andrés lo asesinaron, y luego de absolver a Carlos
Cárdenas, a Laura Moreno, y a Jessy Quintero -personas vinculadas al proceso-
al asesino intelectual y material los tienen que identificar más allá de toda
duda razonable, si es que no recaen sobre una misma persona, de lo contrario
estaríamos inmersos en una manifiesta situación de impunidad. Para determinar
al responsable de la muerte de Luis Andrés, era prioritario el apoyo de las
absueltas, pero las mismas insisten en sostener que no tienen conocimiento del
mismo. El caso no ha finalizado, y como es de esperarse el abogado de la
víctima- Jaime Lombana- interpondrá los recursos legales necesarios para que
conozca el superior jerárquico, y si es posible la Corte Suprema de
Justicia.
Sobre la situación específica,
haciendo uso de la libre expresión, me atrevo a acoger el argumento de Lombana,
consistente en la comisión por omisión en la que pudieron incurrir Laura
Moreno, y Jessy Quintero, toda vez que las mismas descuidaron la vida de Luis
Andrés, ya que teniendo la posibilidad de socorrerlo en el momento dado, seguramente
no lo hicieron, pues de ser así, tal vez, no habría muerto. De esta manera,
infringieron su deber de solidaridad, y desconocieron esa carga que les exige
el ordenamiento jurídico penal de socorrer a una persona para evitar que se
lesione el bien jurídico más valioso del ser humano: la vida. Siendo así
tendrían que ser declaradas responsables penalmente, otrora en ello consistirá
el trabajo del apoderado de la familia Colmenares en el transcurso del proceso.
Por otra parte, el despacho
desestimó las pruebas aportadas por la fiscalía que claramente evidenciaban los
innumerables golpes que le produjeron la muerte a Luis Andrés, sin embargo,
para el mismo, todo fue accidental, y no ocasionado, lo que parece excesivamente
irracional. En otros términos, lo que
pretende sostener el despacho en el fallo absolutorio, es que el joven se mató
solito de manera accidental, en la medida en que nadie pudo haberle propinado
semejante horror. En este sentido, no encontramos una mejor opción que confiar
en la segunda instancia del proceso, la cual estará a cargo del Tribunal
Superior de Cundinamarca, porque no es factible que sean absueltas quienes
posiblemente conocen el responsable de la muerte de la víctima y que, además de
ello, omitieron socorrerlo para evitar su muerte.
Tampoco es tolerable que la
ilustre jueza desestime el trabajo del apoderado y de la fiscalía a través de
la depreciación de las pruebas aportadas, ya que las mismas son fehacientes al
reunir las características de utilidad, pertinencia y conducencia. Esto es
apenas el comienzo de una larga batalla legal, y todavía queda mucho camino por
delante. Afortunadamente contamos con una doble instancia y con mejores
servidores jurisdiccionales que pueden re-dirigir el caso con el fin de revocar
el pronunciamiento a- priori de una
funcionaria que optó por desestimar importantes elementos probatorios para
proferir una dudosa absolución.
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